El presidente del Consejo de Administración de Empresa Energía Honduras (EEH), German Villegas, ha remitido al gobernante Juan Hernández una carta donde reclama que el Estado deberá pagar 17 mil millones de lempiras por las trabas para que la industrial de capital colombiano, cumpliera sus objetivos.
Ya que se trata de información de interés nacional, sobre todo por la actual crisis de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica, EL LIBERTADOR reproduce de forma íntegra el contenido de la carta que se envió a Hernández.
Redacción Central / EL LIBERTADOR
Tegucigalpa. La negligencia con que ha actuado el gabinete de Juan Hernández, orilla al Estado a pagar el millonario reclamo que ha hecho la Empresa Energía de Honduras (EEH), de capital colombiano, a través de una carta que envió el pasado 8 de enero, el presidente del Consejo de Administración de EEH, German Villegas Londoño a Hernández, donde reitera reclamos que en total ascienden a unos 700 millones de dólares, unos 17 mil millones de lempiras, por “obligaciones del Estado de Honduras”.
Asimismo, la misiva revela “desavenencias” con el socio nacional Enterprise Consulting, al cual pagaron 67 millones de dólares (1,600 millones de lempiras) al comprar sus acciones, servicios prestados y finalización de contrato, como solicitó esa empresa.


Bogotá, Colombia
8 de enero del año 2021
Abogado D. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO
Presidente de la República de Honduras
Su Despacho
ASUNTO: Cronología de hechos relevantes en la ejecución del “Contrato de Alianza Público — Privada para la Recuperación de Pérdidas en los Servicios prestados por la ENEE, para la ejecución del componente de servicio de distribución y flujo financiero”.
Señor Presidente:
Me dirijo a Usted, en representación del Consejo de Administración de la Sociedad Empresa Energía Honduras, S.A. de C.V., a fin de exponer la siguiente Cronología de hechos relevantes en la ejecución del “Contrato de Alianza Público — Privada para la Recuperación de Pérdidas en los Servicios prestados por la ENEE, para la ejecución del componente de servicio de distribución y flujo financiero”:
1. El diecinueve (19) de julio de dos mi trece (2013) se publicó en la Gaceta, el Decreto Legislativo número 118-2013, que contiene el contrato de fideicomiso celebrado entre COALIANZA, el Fiduciario y la ENEE para la Recuperación de Pérdidas en los Servicios prestados por la ENEE, para la ejecución del componente de servicio de distribución y flujo financiero.
2. Durante el primer trimestre del año 2015 la sociedad Eléctricas de Medellín Ingeniería y Servicios, S.A.S., y Unión Eléctrica, S.A., recibieron la visita de los Ministros Roberto Ordoñez Wolfovich, Ministro de INSEP; y el Ministro de Finanzas Wilfredo Cerrato, en ese entonces, quienes indicaron el interés que tenía el Estado de Honduras a través del Gobierno Nacional para que las empresas participaran en el proyecto en Honduras. El presidente del Grupo expresó que con esos números y tiempos el proyecto era muy difícil de acometer, pues los mercados financieros no tienen mucho interés en Honduras. Ante e comentario ambos funcionarios indicaron que tenían un socio hondureño idóneo para acompañar a EDEMSA y UNION.
3. El socio local resultó ser la sociedad Enterprise Consulting, S.A., la cual era una empresa con un capital social de L 25,000.00, no apta para participar en este proyecto, cuando se había indicado a las empresas colombianas que el socio estratégico sería la institución financiera Atlántida.
4. A partir del mes de septiembre de 2015, el Postor Precalificado se integró por las sociedades Eléctricas de Medellín Ingeniería y Servicios, S.A., Unión Eléctrica, S. A ., y Enterprise Consulting, S.A., consorcio que bajo la experiencia de los socios colombianos acreditó contar con la experiencia, capacidad técnica, jurídica y administrativa requeridas en el Pliego de Condiciones para fungir corno Inversionista Operador, lo que se hizo constar en el acta de adjudicación correspondiente en fecha 14 de diciembre de 2015, suscribiéndose posteriormente en fecha 18 de febrero de 2016, el Contrato de Alianza Público-Privada entre EEH (Socios Eléctricas de Medellín, Unión Eléctrica, STENEE, Enterprise Consulting), ENEE, COALIANZA, y Banco FICOHSA.
5. Importante resaltar que la oferta económica presentada por el Consorcio Energía Honduras, conforme la revisión realizada por el Comité Evaluador, determinó que la referida oferta económica estaba dentro del rango establecido por la ENEE a los efectos de satisfacer los intereses económicos de la empresa estatal, eso consta en acta de adjudicación de fecha 14 de diciembre de 2015.
6. EEH no pudo desarrollar inicialmente las funciones de lectura de clientes, pues la base de datos nunca fue entregada a la ENEE por el contratista conocido por todos, y por ende la ENEE no pudo entregarla a EEH, obligando a ésta última a contratar primero con la sociedad SEMEH, y posteriormente con la sociedad ENTERPRISE CONSULTING, no permitiéndose desarrollar las funciones asignadas, generando extra costos por un valor aproximado de US$ 25 millones.
7. A raíz de las diferencias surgidas en cuanto a las obligaciones contractuales, sobre las cuales los accionistas colombianos insistían en cumplir el contrato de APP, y los accionistas hondureños insistían en el logro de intereses propios, y al no haber entendimiento de las partes; el Estado de Honduras solicitó que los socios colombianos procedieran a vender sus participaciones accionarias a los socios hondureños, no obstante los representantes de Enterprise Consulting, manifestaron que no tenían la capacidad de comprar, y que por el contrario sometían a venta sus acciones. Ante este cambio de criterio, los personeros de EDEMSA, y bajo la anuencia del Gobierno Nacional, en el mes de junio de 2 se acordó la salida de los accionistas Enterprise Consulting, a quienes canceló la compra de sus acciones y se finiquitaron los contratos que se suscritos con ellos, pagándose la suma de US$. 17,600,000.00 por concepto de compra de las acciones de Enterprise Consulting, US$. 24,000,000.00 en concepto de cuentas por cobrar de Enterprise Consulting por servicios prestados a EEH, US$. 20,000,000.00 en concepto de terminación anticipada de contratos (Leasing Sistema SAPP, Contrato de Servicios de Lectura, Facturación y Recaudo, así mismo el de atención de PQR’s); y US$. 5,492,816.42 por terminación de Contrato de arrendamiento de locales a Tellus, haciendo un total de US$.67,092,817.30.
8. Los accionistas de EEH se han visto obligados a interponer sendas acciones de defensa ante el CONADEH y Ministerio Público ante las múltiples amenazas contra la seguridad física de los Directores y Funcionarios superiores de EEH; asimismo debido al desequilibrio financiero que se ha generado por las contrapartes contractuales y el Gobierno Nacional en la ejecución del Contrato, se ha activado el mecanismo de solución de controversias previsto en el Contrato iniciando dándose inicio al proceso de arbitraje ante el Centro de Conciliación de la CCIT, asimismo; se ha interpuesto solicitud de diligencia preparatoria ante el Juzgado de Letras Civil de Francisco Morazán.
Todas estas actuaciones indebidas han sido puestas en conocimientos de la Dirección Superior del BID, BM, FMI, en EEUU; BCIE, en Tegucigalpa; Presidente de la República de Colombia Sr. Iván Duque, Ministerio de Relaciones Exteriores, la oficina de Promoción de las Exportaciones, ambos de la República de Colombia, y la Embajada de Estados Unidos de América en Honduras.
9. Los accionistas extranjeros de EEH han mostrado su confianza en el Estado de Honduras y en el Gobierno Nacional a través de sus máximas autoridades, apoyando las actividades asignadas en el desarrollo del proyecto; también siempre han dejado constancia de su interés en lograr un acuerdo satisfactorio, justo y equilibrado para las partes, respetando las obligaciones contractuales y los derechos de las partes; así mismo observando el principio de Seguridad Jurídica, por lo cual presentamos un resumen de las cuentas exigibles de pago a favor de EEH y las cuentas por pagar por EEH, las cuáles han sido adquiridas en virtud de la ejecución del Contrato.
I. Resumen de valores adeudados a EEH a la fecha:
1. Honorario Fijo Mensual a Diciembre de 2020
Cuentas por Cobrar Honorario Fijo: US$. 288,225,777.25
Intereses del Honorario Fijo: US$. 48,240,000.00 (Cálculo realizado conforme el promedio ponderado de las tasas anuales de interés activas nominales establecido por el Banco Central de Honduras para los años 2016, 2017, 2018 y 2019 siendo estas 8.18, 8.17, 8.12 y 8.19 correspondientemente)
Total: US$. 336,465,777,25
2. Reembolso de Inversiones conforme Contrato a Noviembre de 2020
Cuentas por Cobrar Inversiones: US$. 78,590,000.00
3. Honorario de Éxito Por Recuperación de Mora en favor de la ENEE a Noviembre de 2020
HDE Año 2: US$. 4,860,503.67
HDE Año 3: US$. 5,423,850.15
HDE Año 4: US$. 1,424,417.13
Total US$ 11,708,770.95
4. Devolución de Garantía Bancaria: USD 5,137,928.83
5. Inventarios en Existencia: USD 10,007,813.01
6. Crédito Fiscal: USD 10,472,000.00
7. Almacenaje Logística Inversa: USD 1,680,000.00
VALOR TOTAL ADEUDADO A EEH: USD 454,062,290.04
*Cabe mencionar que restando tres (3) años de ejecución del Contrato de APP, existe la expectativa del inversionista operador obtener una rentabilidad mínima en el tiempo restante, lo cual será discutido durante las reuniones que se desarrollen para revisar las cifras contenidas en el presente documento.
II. Resumen de cuentas por pagar de EEH a la fecha:
i) Pagos a Proveedores con cierre a Diciembre 2020: USD 46,280,000.00
ii) Deudas con Bancos Nacionales y Otros Préstamos Relacionadas: USD. 58,089,000.00
iii) Factoring: US$ 10,500,000.00
iv) Indemnizaciones por Terminación Anticipada de Contratos: USD 81,962,838.07
v) Pasivo Laboral: USD. 9,940,000.00
vi) Honorarios Profesionales por Servicios de Asesoría Legal Internacional 2.5% del valor del acuerdo financiero final: USD. 10,577,975.17
VALOR TOTAL DE CUENTAS POR PAGAR POR EEH: USD 217,349,813.24
III. Otros Conceptos:
Deuda Sindicato de la ENEE a EDEMSA: USD 1,568,404.00
VALOR TOTAL DE OTROS CONCEPTOS: USD 1,568,404.00
Deseamos dejar constancia de lo expuesto, y ratificamos nuestro reclamo sobre los valores adeudados en favor del operador, siendo estos dineros ya devengados; así mismo, llamamos nuevamente la atención sobre la necesidad de llegar a un acuerdo equilibrado entre las partes, en observancia al respeto de los derechos adquiridos. En las reuniones sostenidas con los interlocutores que han sido nombrados por el Estado de Honduras (5 interlocutores diferentes) para buscar acuerdos de continuar el desarrollo del proyecto o liquidación del mismo, los accionistas de EEH han propuesto la venta de las acciones en la sociedad a valor en libros, recibir el pago del honorario mensual por administrar, mantener y operar la red de distribución de la ENEE, valores ya devengados por el operador EEH y que no se relaciona con la reducción de pérdidas, concepto por el cual se realizan las inversiones por el operador EEH, por lo cual se exige el rembolso total de la inversión, además el pago del honorario de éxito por recuperación de mora pues esos clientes han sido gestionados por el operador con éxito y ha significado ingreso de valores importantes en favor de la ENEE, los cuales están ya en cuentas de fideicomiso y la ENEE ha sido beneficiada con esa labor.
Ante los hechos acontecidos que buscan la salida abrupta del operador, lo que se ha gestado desde prácticamente el inicio del proyecto, deben asumirse los dineros por conceptos contenidos en el inciso B) del presente documento, ya que es a nosotros a quienes nos están exigiendo y presionando para salir de HN, lo cual implicará riesgos de demandas por contratos vigentes; y el riesgo con sociedades relacionadas por administración y propiedad a las cuales se les adeudan sumas de dinero derivados del proyecto, deudas que se generaron por la afectación al equilibrio financiero del contrato ocasionado con intencionalidad contra EEH.
Los conceptos contenidos en el presente documento, son derechos de EEH que constan en documentos y están debidamente respaldados; obligando a EEH a recurrir a asesorías profesionales derivado de las múltiples acciones contrarias a ley que se han emprendido contra la empresa EEH, sus accionistas, funcionarios, directores y empleados, comprometiendo su seguridad personal y de sus familias, acciones que han tenido que ser incoadas ante autoridades en instancias nacionales e internacionales.


Cordialmente,
GERMÁN VILLEGAS LONDOÑO
Presidente Consejo de Administración
resa Energía as-SIDENCIA 41 obiDoÑp,,, Ae dm de Adm tion
C.C.: Sra. Meg Kinnear
Secretaria General, Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI)
Grupo Banco Mundial
C.C.: Sra. Luz Marina Rivera
Embajadora República de Colombia en Honduras
C.C. Sra. Verónica Zavala
Gerente Departamento de Países de Centroamérica,
Haití, México y Panamá
Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
C.C. Sr. Eduardo Marques Almeida
Representante del BID para Honduras
C.C. Sr. Carlos Felipe Jaramillo
Vicepresidente para América Latina y El Caribe Banco Mundial (BM)
C.C. Sr. Boris Weber
Representante de Banco Mundial para Honduras
C.C. Sr. Alejandro Werner
Director del Departamento Hemisferio Occidental
Fondo Monetario Internacional (FMI)
C.C. Sr. Jaume Puig Forne
Director Residente Fondo Monetario Internacional
C.C. Sr. Dante Mossi
Presidente Ejecutivo BCIE
C.C. Consejo de Administración EEH
C.C. Asesores Legales EEUU, Colombia y Honduras
C.C. Archivo

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