

El nuevo Código Penal limita la libertad de expresión y ubica los funcionarios por encima de las leyes, además de salvaguardar delitos de alto impacto como el saqueo de los bienes públicos, pero sí castigará a quien se robe un celular o una gallina.
El artículo 188 de la Constitución de la República limita la entrada en vigencia del nuevo Código, pero los expertos advierten que pueden dar la sorpresa con alguna “interpretación de la ley” o suspender el Estado de Sitio sólo para su aprobación.
Redacción Central / EL LIBERTADOR
Tegucigalpa. Un atentado contra las garantías constitucionales, el sistema jurídico y los bienes públicos, además de elevar a los funcionarios por sobre los hondureños: eso es el nuevo Código Penal, cuya entrada en vigencia se ha pautado para este domingo, 10 de mayo.
Al margen de eso, el pleno de magistrados del Poder Judicial desestimó el jueves, 7 de mayo, el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), contra el Decreto Legislativo 130-2017, que contiene el nuevo Código Penal.


Los magistrados fundamentaron su defensa al nuevo Código bajo el argumento que la ley penal actual, “contiene normas que dan una respuesta inadecuada al fenómeno del delito: incumple los compromisos asumidos por Honduras en distintos instrumentos internacionales, imposibilita en algunos casos la cooperación internacional penal ante el desfase de figuras delictivas con el derecho comparado”.
Por su parte, la directora del CNA, abogada Gabriela Castellanos, ha llamado a esta normativa “El Código Penal de la Impunidad”, porque contiene rebajas a penas por delitos en contra de la administración pública, “lo que favorece a un grupo selecto de funcionarios y ex funcionarios”, precisó.
Castellanos dijo que las personas que han sido sentenciadas con penas severas establecidas en el actual Código por actos de corrupción, podrán pedir la retroactividad de la ley para que les rebajen los años de cárcel.


Además, “El Código Penal de la Impunidad convierte a los funcionarios en ciudadanos superiores a otros, pues fija reducciones de penas por delitos de corrupción en la administración pública con relación a otros crímenes; o sea que ahora será castigado con mayor rigurosidad al que se roba un celular que al que saquea una secretaría de Estado”, dijo.
Por su parte, el abogado Edmundo Orellana reconoció que si bien esta norma crea más de 50 nuevas figuras delictivas que no están contempladas en la actual legislación, también es cierto que suaviza las penas de prisión en la mayoría de delitos.
“Los que luchamos contra la corrupción e impunidad nos oponemos contundentemente al nuevo Código, porque disminuye las penas de delitos contra la administración y de alto impacto como el lavado de activos, malversación de caudales, fraude, secuestro, entre otros”, sostuvo Orellana.
Agregó que la entrada en vigencia de la normativa generará mayor impunidad y es un atentando contra el sistema jurídico y los bienes públicos, además evitará que quienes se apropien de recursos públicos y de bienes del Estado no vayan a la cárcel.
“Hago un llamado a los diputados del Congreso Nacional a que detengan su aprobación, porque representa un riesgo potencial contra el Estado. El artículo 60 de la Constitución establece que en Honduras no existen clases privilegiadas; sin embargo, el nuevo Código crea ese tipo de prebendas”, dijo.
Sin embargo, el abogado Nestor Sosa comentó que el nuevo Código tiene vicios de formación así como vicios de fondos. “Pareciera que las personas que elaboraron esta ley, quisieran saltarse la Constitución de la República y demás leyes para blindarse de ellas”, comentó.
Sin embargo, al menos durante el Estado de Sitio decretado durante la emergencia por el covid-19, no procede la aprobación de esta normativa.
“El artículo 188 de la Constitución establece claramente que cuando hay un Estado de Sitio, donde están suspendidos los derechos individuales y las garantías constitucionales, no pueden declararse nuevos delitos ni imponerse otras penas que las ya establecidas en las leyes vigentes al momento de decretarse el Estado de Excepción”, detalló.
De acuerdo con Sosa, “si se aprueba el Código durante la emergencia, entonces incurrirán en el delito de traición a la Patria, que se sumará al coronario de delitos que ha cometido el régimen [de Juan Hernández], desde que asumió el poder en enero de 2014”.
Deja un Comentario