La Ley de Tarjetas de Crédito que aprobó el Congreso Nacional se basa en la protección de los usuarios para evitar la clonación de tarjetas de crédito y débito; además, desde el Legislativo se explicó que no se prohibirán las transacciones en línea y se estableció que la Comisión de Bancos será la encargada de establecer políticas de seguridad.
Redacción Central / EL LIBERTADOR
Tegucigalpa. El Congreso Nacional aclaró las dudas en torno a la nueva Ley de Tarjetas de Crédito, ya que diversos sectores han manifestado preocupación por lo estipulado en el artículo 44, que establece la obligación que cada comercio identifique al tarjetahabiente con su firma física para realizar las transacciones.
Según la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (AHIBA), esto no solo aplica a negocios físicos, sino a las compras “que hoy se realizan en las diferentes aplicaciones de delivery (supermercado, medicinas, compras de emergencia, restaurantes, etc.), medios de transporte, así como cualquier otra necesidad que se pague con tarjeta en línea”.
Lo anterior, representaría un duro golpe a la economía digital, sobre todo a las pequeñas y medianas empresas que no cuentan con un espacio físico de ventas, y cuyas operaciones se realizan de manera virtual.
“Esta decisión es un retroceso en la facilidad de uso que ofrecen los medios de pago digitales, que agilizan las transacciones entre diferentes sectores de la economía, lo que impactará muy negativamente en el comercio y, por ende, en la economía de Honduras, frenando su progreso y el bienestar de los hondureños”, explicó la AHIBA.
Sin embargo, el Congreso Nacional detalló que el espíritu de la ley se basa en la protección de los tarjetahabientes y el derecho de los consumidores, fortaleciendo la seguridad de cada transacción, ya sea a través de tarjetas de crédito o débito. Por ello, se ha eliminado el cobro de intereses sobre intereses, práctica conocida como anatocismo.
“Por ejemplo, en un restaurante, el encargado deberá llevar el POS (terminal de cobro) hasta la mesa, verificar la identidad del tarjetahabiente y efectuar el pago sin retirar la tarjeta del lugar. Esta disposición elimina una práctica común que exponía a los usuarios al riesgo de clonación y fraude, al permitir que la tarjeta fuera manipulada fuera de la vista del tarjetahabiente”, explica el comunicado del Congreso.
Y, sobre los cobros en línea, se explicó que este tipo de transacciones no se han prohibido, y se atribuyó a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) la responsabilidad de establecer las regulaciones necesarias para brindar seguridad al momento de realizar operaciones virtuales.
“Además, el Artículo 50 de la Ley del Sistema Financiero establece que las instituciones del sistema financiero pueden ofrecer y prestar todos los productos y servicios por medios electrónicos. La CNBS emitirá normas de carácter general para regular las operaciones que realicen […] Estas disposiciones siguen vigentes y no han sido reformadas”, concluye el comunicado del Legislativo.
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