El consejero electoral, Marlon Ochoa, manifestó que el juicio político que pretende impulsar el bipartidismo en el Congreso Nacional violenta disposiciones constitucionales al no cumplir con los requisitos que establece la Constitución para su aplicación, y estar motivado por intereses partidarios antes que por causales jurídicas objetivas.
Redacción Central / EL LIBERTADOR
Tegucigalpa. El representante del Consejo Nacional Electoral (CNE), Marlon Ochoa, presentó ante la Corte Suprema de Justicia un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Juicio Político, ante la posibilidad de que se active este mecanismo en el pleno del Congreso Nacional.
Ochoa argumentó que el recurso se dirige contra el artículo 234 de la Constitución de la República, el cual establece que las decisiones adoptadas en un juicio político no están sujetas a control jurisdiccional y que el decreto correspondiente no requiere sanción del Poder Ejecutivo.
A su juicio, dicha disposición impide el acceso a un recurso judicial efectivo frente a decisiones que afectan derechos fundamentales y el ejercicio de funciones públicas, lo que la vuelve incompatible con los artículos 8, 9 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como con los artículos 90, 94, 183 y 184 de la Constitución hondureña.
Asimismo, solicitó que se impugne el artículo 2 de la ley, el cual otorga al Congreso Nacional la facultad de realizar el juicio político.
Señaló que esta normativa concentra en ese poder del Estado las funciones de admisión, investigación, acusación y decisión, sin separación funcional ni garantías estructurales de imparcialidad objetiva, lo que desnaturaliza el equilibrio entre los poderes.
El funcionario también cuestionó que conceptos como “interés nacional” o “políticas del Estado” carecen de delimitación objetiva y verificable, al tratarse de nociones de contenido variable que dependen de mayorías políticas coyunturales y cuya interpretación no puede ser anticipada razonablemente por los destinatarios de la norma.
En el recurso, Ochoa citó jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, particularmente el caso Gutiérrez Navas, en el que se advierte que el juicio político puede convertirse en un instrumento de interferencia arbitraria entre poderes cuando no existen reglas procesales claras.
Según expuso, esa advertencia cobra especial relevancia cuando el órgano juzgador mantiene tensiones políticas con la autoridad enjuiciada.
Además, destacó que el artículo 18 constitucional refuerza la supremacía y operatividad de los compromisos internacionales en materia de derechos humanos como parámetro vinculante del actuar estatal, por lo que el control de constitucionalidad en Honduras debe ejercerse como un control integrado bajo el denominado bloque de constitucionalidad y convencionalidad, aplicando una interpretación pro-persona.
Ochoa subrayó que la Corte Interamericana ha establecido que las opiniones y criterios expresados en resoluciones jurisdiccionales no pueden constituir motivo de remoción por parte del Poder Legislativo, y que el juicio político o eventual destitución de jueces no debe fundamentarse en el contenido de sus decisiones, salvo en casos de infracciones intencionales al ordenamiento jurídico o incompetencia comprobada.
Finalmente, sostuvo que la ley impugnada vulnera el debido proceso reforzado y la imparcialidad objetiva al concentrar funciones en el Congreso Nacional.
Por ello, solicitó a la Corte Suprema de Justicia que disponga la expulsión del ordenamiento jurídico de las disposiciones declaradas inconstitucionales, por considerarlas incompatibles con el principio de supremacía constitucional, la legalidad estricta en materia sancionadora, la tutela judicial efectiva, la separación de poderes y la independencia funcional como garantía institucional del Estado democrático de derecho.

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