Home » Magistrada hondureña aclara que sólo el pueblo puede decidir sobre reeleción

Magistrada hondureña aclara que sólo el pueblo puede decidir sobre reeleción

Magistrada hondureña aclara que sólo el pueblo puede decidir sobre reeleción

Silvia Santos, es la primera magistrada en pronunciarse después del dictamen emitido el pasado 23 de abril. “Nosotros lo que hicimos fue dictar inaplicable el artículo y si podemos hacer quitar la penalidad porque esa es una norma secundaria que a nosotros nos permite poderlo hacer nada más”.

 

Redacción Central / EL LIBERTADOR

 

Tegucigalpa. La magistrada del Tribunal Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Honduras (CSJ) Silvia Santos, aclaró que el fallo contra el artículo 239 de la Constitución “en  ningún momento la sala Constitucional se ha pronunciado sobre la reelección de nadie, solo el pueblo puede elegir a alguien, la Corte lo único que ha hecho es quitar la penalidad para que cualquier ciudadano pueda hablar sobre la reelección”.  

 

Es la primera magistrada en pronunciarse después del dictamen emitido el pasado 23 de abril. “Nosotros lo que hicimos fue dictar inaplicable el artículo y si podemos hacer quitar la penalidad porque esa es una norma secundaria que a nosotros nos permite poderlo hacer nada más”.

 

Afirmó que la Sala Constitucional no puede modificar la Constitución. “Sólo el Congreso puede cambiar, reformar y modificar la Constitución”, explicó. Aseguró que ha habido “una mala información” y que se debería analizar bien el dictamen para poder hacer un juicio  veraz de lo que significa el fallo.

 

Dejó claro que sólo el pueblo hondureño tiene la potestad de hablar de la reelección presidencial. 

 

Por su parte, el diputado nacionalista del Partido Nacional, Tomás Zambrano sostuvo que “todo lo que la ley no prohíbe lo permite” refiriéndose al fallo que textualmente dice: “se declara la inaplicabilidad de los artículos 42 numeral quinto y 239 de la Constitución de la República por restringir, disminuir y tergiversar derechos y garantías fundamentales establecidos en la propia Constitución”.

 

 

Deja un Comentario

Su dirección de correo electrónico no será publicada.

error: Contenido Protegido