¿EMERGENCIA FISCAL? NO TIENE RAZÓN TÉCNICA Y CASTIGA DERECHOS LABORALES Y SOCIALES

El doctor en economía y diputado, Hugo Noé Pino, hizo una critica técnica a la propuesta de “emergencia fiscal” que promueve el gobierno de Nasry Asfura, el cual, según explicó, carece de sustento en datos fiscales, duplica facultades existentes en la ley y encierra un trasfondo orientado a facilitar despidos, limitar sentencias y vulnerar derechos laborales del sector público.

Redacción Central / EL LIBERTADOR

Tegucigalpa. La denominada Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano, que incluye la declaratoria de Estado de Emergencia Fiscal y Financiera presentada por el Poder Ejecutivo ante el Congreso Nacional, ha comenzado a generar cuestionamientos técnicos y políticos.

El doctor en economía y diputado del Congreso Nacional, Hugo Noé Pino, sostiene que la iniciativa carece de fundamento real y que su contenido se aleja de lo que su título promete.

En primer lugar, el congresista pone en duda el argumento central del proyecto: la existencia de una crisis fiscal extraordinaria. “En su artículo primero crea una emergencia fiscal ficticia porque no hay tal emergencia. Los datos fiscales nos muestran un déficit fiscal bajo y el hecho de que haya obligaciones es normal en todos los años en los gobiernos”, afirmó.

La ley establece en su artículo 1 la declaratoria de “Estado de Emergencia Fiscal y Financiera en las finanzas públicas”, con el propósito de adoptar medidas extraordinarias para restablecer el equilibrio fiscal. Sin embargo, para Pino, el diagnóstico no se sostiene en indicadores que justifiquen un régimen excepcional.

El economista también cuestiona la necesidad jurídica de la normativa. Según explicó, la Ley de la Administración Pública ya faculta al Poder Ejecutivo para crear, modificar o suprimir instituciones del gobierno central, así como entes desconcentrados y descentralizados. “Busca reducir el aparato estatal, pero para eso no se necesita una ley”, señaló.

De forma simple, la propuesta establece que, aun cuando exista una sentencia definitiva ordenando un embargo contra una institución pública, el pago dependerá de si esa institución tiene dinero disponible, lo que puede debilitar la fuerza obligatoria de las decisiones judiciales y afectar el derecho efectivo de los ciudadanos a cobrar lo que un juez ya les reconoció.

Sobre este aspecto, Pino advirtió: “Están señalando que de aquí en adelante todos los embargos que decreten los jueces no se cumplan sino que vayan a la Secretaría de Finanzas y se paguen de acuerdo a disponibilidades presupuestarias que discrecionalmente va a establecer la Secretaría de Finanzas”.

Para el diputado, esta disposición podría afectar derechos laborales de trabajadores del sector público que enfrenten despidos en el marco de procesos de reestructuración institucional.

La ley autoriza al Ejecutivo a realizar reducción forzosa de personal por razones presupuestarias o de eficiencia administrativa, garantizando el pago de indemnizaciones conforme a la ley y previa disponibilidad presupuestaria.

“Se están vulnerando los derechos de los trabajadores en todos los aspectos. Se está vulnerando la separación de poderes dado que los juzgados ahora se van a tener que supeditar realmente a esta ley”, expresó.

La normativa, además, autoriza a la Secretaría de Finanzas a realizar movimientos presupuestarios entre renglones de gasto y a reestructurar o reperfilar la deuda pública interna y externa, bajo un régimen excepcional con vigencia máxima de 24 meses.

Pino concluye que la iniciativa no contiene medidas específicas de estímulo productivo o generación directa de empleo. “No miramos nada de reactivación económica en la ley, no miramos nada de desarrollo humano”, afirmó.

El debate ahora se traslada al Congreso Nacional, donde la iniciativa deberá ser discutida en un contexto marcado por el delicado equilibrio entre estabilidad financiera del Estado y garantías constitucionales.

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