LENA Y LOS “ASTROPHARMA” FELICES CON LIBERTAD ABSOLUTA

Magistrados de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema que está por cerrar su periodo 2016-2023, han ratificado por unanimidad el sobreseimiento definitivo para la exdiputada Lena Gutiérrez y familia vinculada al caso de ASTROPHARMA y estafa a la salud pública.

Redacción Central / EL LIBERTADOR

Tegucigalpa. La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por unanimidad de votos ha declarado “no ha lugar” a un recurso de casación y ratifica “firme” la sentencia que el 13 de diciembre de 2019 el Tribunal de Sentencia de Tegucigalpa otorgó a la nacionalista Lena Gutiérrez y familia.

En ese sentido, se ratifica el sobreseimiento definitivo en el caso ASTROPHARMA presentado ante la sociedad en junio de 2015 el Ministerio Público (MP) cuando se activó el requerimento fiscal contra 15 actores: Lena Karim Gutiérrez, Marco Tulio Gutiérrez, Julio César Gutiérrez, Ginette Karime Gutiérrez, Gilberto Lezama, Gladis Irías Rivera, Mirta Gloria Escobar Cárcamo, María Cristina Núñez García y Evelyn Flores Díaz.

A los ciudadanos, se les acuso por los delitos contra la salud pública, uso de documentos públicos falsos, falsificación de documentos y otros fraudes.

De acuerdo con los hechos investigados, parte de los acusados, al ser miembros de una comisión de evaluación creada al efecto del proceso de licitación y posterior adjudicación de medicamentos en el sector de salud pública, omitieron cumplir los deberes propios de sus cargos y funciones, recomendando la adjudicación a la empresa ASTROPHARMA del medicamento conocido como ácido acetilsalicílico sin el registro sanitario correspondiente y teniendo éste sustancialmente disminuida su calidad en relación a los efectos positivos que debería tener en el paciente.

También se simuló la venta de la empresa ASTROPHARMA (propiedad de la familia Gutiérrez), para tratar de evadir la prohibición existente contra sus propietarios de contratar con el Estado y lograron hacer creer que eran otros los beneficiarios de las adjudicaciones; no obstante, la Fiscalía, con “las pruebas suficientes” acreditó que dicha venta no fue real y que la transacción fue el artificio para simular la desvinculación de la familia Gutiérrez con la empresa para ser favorecidos con los contratos del sistema de salud pública.

“Lo anterior queda demostrado con el testimonio de escritura pública donde se formaliza la venta de las acciones de ASTROPHARMA, en poder de la familia Gutiérrez, a la sociedad GK AMERICAN ELECTRONIC en fecha 28 de noviembre del 2009”, apunta un documento del MP.

La sociedad GK AMERICAN ELECTRONIC S. de R.L. de C.V., fue constituida el 28 de enero del 2009, siendo sus socios la Secretaria Ejecutiva Gladis Irías Rivera y el abogado Pedro Pablo Alvarado Hernández, quienes suscribieron y pagaron el capital mínimo de fundación de 250,000 lempiras mediante el cheque certificado número 8842201 del banco BAC BAMER, Sociedad Anónima, tal como lo hace constar el notario autorizante de la escritura de constitución en el propio texto de la misma.

El cheque número 8842201 del banco BAC BAMER, corresponde a la cuenta número 2167-1, cuyo titular es Marco Tulio Gutiérrez S.A. (Agentes Aduaneros Marítimos Estibadores), lo cual hace completamente absurdo pensar que se estaban desvinculando del manejo de ASTROPHARMA, si la sociedad a la cual supuestamente vendieron su participación social su capital fue suscrito y pagado con recursos de otra empresa también de su propiedad.

Sumado a lo anterior, el banco BAC Honduras, certifica que los acusados, miembros de la familia Gutiérrez, mantuvieron firma autorizada en la cuenta de cheques número 901028501, a nombre de ASTROPHARMA S.A., desde su apertura hasta el día 30 de julio del año 2015, con lo que se evidencia que si bien hubo una aparente venta de las acciones estos siempre tuvieron el control y la administración real de la sociedad ASTROPHARMA y de todos los recursos que está generaba.

La Fiscalía argumentó que durante el juicio contó con toda la carga probatoria que demuestra la comisión de los delitos por parte de los encausados y su participación en los mismos; sin embargo, el Poder Judicial en manos de la dictadura del Partido Nacional, decretó liberar a los Gutiérrez.

El fallo, fue ratificado este 31 de enero, retomando el argumento de 2019 “en virtud que los medios probatorios evacuados no fueron suficientes para determinar su participación en los delitos”.

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