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“YANI NO PUEDE SER JUZGADO EN HONDURAS”, AFIRMA EXPERTO

“YANI NO PUEDE SER JUZGADO EN HONDURAS”, AFIRMA EXPERTO

El precandidato a la Presidencia por el Partido Liberal, Yani Rosenthal, pagó una pena de 3 años en prisión de EEUU por la compra de ganado al grupo criminal “Los Cachiros”, sin embargo, ese delito no existe en las leyes hondureñas y la Constitución le concede el beneficio de no poder ser juzgado dos veces por la misma causa, explicó el abogado penalista Raúl Suazo Barillas.

 

 

Redacción Central / EL LIBERTADOR

 

Tegucigalpa. La precandidatura de Yani Rosenthal a la Presidencia de la República por el Partido Liberal (PL), ha desatado la polémica. Lo anterior, después que este político, empresario y abogado, retornó al país el 7 de agosto después de purgar 3 años en prisión en Estados Unidos, por el delito de “participación en transacciones monetarias de propiedad vinculada a una actividad ilegal especificada”.

 

Y el 11 de octubre, el ex convicto lanzó su precandidatura en una masiva cobertura de los medios de comunicación tradicionales y alternativos afines al poder. Sin embargo, una gran parte de la sociedad rechaza que una persona que hizo negocios con narcotraficantes, pueda aspirar a convertirse en presidente de la República.

 

Otro sector afirma que el también hijo del magnate Jaime Rosenthal (QEPD), debe ser procesado por los operadores de la ley por haber aceptado que hizo negocios con bienes con procedencia ilícita.

 

Al respecto, el abogado penalista Raúl Suazo Barillas, dijo a este rotativo que el precandidato liberal no puede ser procesado en el país. “El abogado Yani Rosenthal fue procesado y juzgado en Estados Unidos por el delito de participación en transacciones monetarias de propiedad vinculada a una actividad ilegal, cuya culpabilidad aceptó y ya pagó la pena, sin embargo, ese delito no existe en las leyes hondureñas, así que no hay manera que se le juzgue”.

 

Y agregó: “y aunque existiera esa figura legal, la Constitución de la República concede al abogado Rosenthal el beneficio, porque establece que no pueda valorarse dos veces un mismo hecho o fenómeno para calificar el tipo de un hecho punible, lo que en Derecho llamamos non bis in ídem o no dos veces por lo mismo”.

 

El artículo 95 de la Constitución dice textualmente: “Ninguna persona será sancionada con penas no establecidas previamente en la Ley, ni podrá ser juzgada otra vez por los mismos hechos punibles que motivaron anteriores enjuiciamientos”.

 

Es de recordar que en fecha reciente, Rosenthal confesó en una entrevista para el canal de su familia, que fue condenado a 36 meses de prisión por una transacción de 250 mil dólares en una compra de ganado al grupo mafioso “Los Cachiros”. La Fiscalía de Estados Unidos le adjudicaba cuatro cargos más, pero fueron retirados al no poder comprobarle su participación.

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