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Aprueban norma para «depurar de emergencia» a policías hondureños

El Congreso hondureño aprobó un decreto de emergencia para que el presidente Juan Hernández pueda realizar despidos masivos de agentes y oficiales de la Policía Nacional. El decreto de emergencia durará 12 meses.

 

Redacción Central / EL LIBERTADOR

 

Tegucigalpa. El Parlamento hondureño aprobó este jueves, un decreto orientado a declarar “emergencia” en la depuración de la Policía Nacional, por un término de 12 meses y da facultades al presidente Juan Hernández de hacer despidos masivos de agentes y oficiales.

 

En el decreto se establece que la relación legal que los miembros del cuerpo armado tienen con el Estado, “es de confianza, en virtud de que se les otorga en nombre de éste el uso de la fuerza para el mantenimiento del orden público y la seguridad de las personas y sus bienes”.

 

Agrega que “la idoneidad, pérdida de confianza y demás términos establecidos en el presente decreto se aplicarán según las definiciones establecidas en la Ley de Superintendencia para la aplicación de pruebas de confianza y su reglamento”.

 

En el artículo dos, se autoriza al Poder Ejecutivo para que, mediante el secretario de Seguridad, proceda a cancelar la relación laboral con cualquiera de los miembros de la Policía Nacional en las decisiones adoptadas en el proceso de depuración con la responsabilidad de pagar los derechos que conforme a la legislación nacional corresponda.

 

El Poder Ejecutivo –en el caso de retiro voluntario– procederá al reconocimiento y pago de derechos laborales y prestaciones sociales siempre que el solicitante no sea objeto de investigación formal o tenga denuncia por la supuesta comisión de un delito, para los cuales podrá establecer convenios de pago.

 

Mientras tanto, el artículo tres establece que el Poder Ejecutivo nombrará una comisión especial para el proceso de depuración y transformación de la Policía Nacional, la cual estará integrada por personas de reconocida honorabilidad y trayectoria, y presidida por el secretario de Seguridad en esta tarea.

 

El ministro de Seguridad cancelará el acuerdo de los miembros de la Policía Nacional que no cumplan cualquiera de las condiciones establecidas en el presente decreto.

 

A iniciativa del diputado nacionalista Renán Inestroza, se incluyó un párrafo para eximir en el futuro de responsabilidades patrimoniales, penales y civiles a los miembros de la comisión en virtud de su trabajo de depuración.

 

Por su parte, el artículo cuatro señala que la comisión especial en el proceso de depuración tiene las atribuciones siguientes:

 

1. Determinar la idoneidad en el servicio como la confianza, capacidad, habilidad, aptitud, competencia, disposición y lealtad que debe poseer todo miembro de la carrera policial.

 

2. Implementar un mecanismo de seguimiento y supervisión de los procesos de los miembros de la Policía Nacional cancelados.

 

3. Remitir al Ministerio Público y al Tribunal Superior de Cuentas, los expedientes de las personas canceladas por la supuesta comisión de un ilícito.

 

Por sugerencia del diputado César Agurcia se agregó el inciso cuatro en el sentido que la comisión especial rendirá informes trimestrales acerca del proceso de depuración policial

 

En el artículo cinco se establece que la Comisión Especial de Depuración presidida por el ministro de Seguridad, para el cumplimiento de lo establecido en la presente ley, debe conceder a los miembros de la Policía Nacional audiencia de descargo para que hagan, en el marco de la Constitución y los convenios internacionales y leyes especiales, el ejercicio del derecho de defensa, previa notificación de los cargos, denuncias o medidas disciplinarias que se le imputen.

 

Debe establecerse el mecanismo de notificaciones de manera personal, por tabla de avisos o medios electrónicos.

 

Entretanto, mediante el artículo seis, se autoriza al Poder Ejecutivo para que en el cumplimiento del pago de los derechos laborales de los miembros de la Policía Nacional, cuando proceda, pueda suscribir empréstitos, emitir bonos soberanos en el mercado doméstico o internacional, titularizar en condiciones de mercado por medio de la banca estatal o privada, flujos de efectivo propiedad del Estado de Honduras y colocarlos en el mercado por medio de la bolsa de valores o en forma directa, así como contratar el banco o ente estructurador y el banco pagador y en general a suscribir los contratos que sean necesarios para obtener los recursos financieros que se requieran para garantizar dicho pago.

 

Sin embargo, por iniciativa de la diputada liberal por Francisco Morazán, Gabriela Núñez, este artículo quedó así: Autorizar a la Secretaría de Finanzas a crear las partidas presupuestarias correspondientes para el registro del pago de los pasivos laborales que se deriven de la ejecución del presente decreto.

 

Para el cumplimiento y pago de los derechos laborales, la Secretaría de Finanzas lo cargará al límite del crédito interno autorizado en el Presupuesto General que es de 17 mil millones de lempiras.

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