CONGRESO APRUEBA REFORMAS A LEY DE ADULTOS MAYORES, AUMENTAN BENEFICIOS

Las personas de la tercera y cuarta edad tendrán descuentos obligatorios del 25 y 35 por ciento en servicios como energía eléctrica, agua potable, comunicación, televisión por cable, impuestos sobre bienes inmuebles y tasas aeroportuarias, luego de que el Congreso Nacional aprobara reformas a la Ley Integral del Adulto Mayor.

Redacción Central / EL LIBERTADOR

Tegucigalpa. El Congreso Nacional (CN), aprobó una reforma a la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados, estableciendo descuentos obligatorios en servicios básicos para las personas de la tercera y cuarta edad, jubiladas, pensionadas o no,

La medida busca mejorar sus condiciones de vida mediante alivios económicos en rubros esenciales.

El nuevo decreto modifica el artículo 31 del Decreto Legislativo No. 199-2006, otorgando descuentos del 25 por ciento a personas de la tercera edad y el 35 por ciento de descuento a quienes pertenecen a la cuarta edad.

Estos beneficios aplican a servicios de energía eléctrica, agua potable, comunicación, televisión por cable, impuestos por bienes inmuebles y tasas aeroportuarias, siempre que cumplan con ciertos requisitos administrativos.

El decreto también asigna descuentos más elevados, entre el 30 y 40 por ciento, exclusivamente al servicio de televisión por cable reconociendo su valor como medio de compañía, información y distracción.

La Fiscalía Especial de Protección al Consumidor y Adulto Mayor quedó facultada para realizar inspecciones periódicas en instituciones públicas y privadas para verificar el cumplimiento de estos descuentos y los comercios deben de informar de forma clara los beneficios, tanto en las instalaciones como en plataformas digitales.

La medida anterior busca evitar la desinformación y asegurar que los adultos mayores conozcan y puedan ejercer sus derechos de manera efectiva, reconociendo que la desinformación ha sido uno de las principales barreras para el acceso a estos beneficios.

Además, la Secretaría de Desarrollo Económico debe de habilitar mecanismos que sean accesibles en caso de denuncias por incumplimiento de las entidades, éstas podrán ser presentadas de forma presencial, por redes sociales, medios digitales habilitados o vía telefónica a la línea 155.

Las denuncias deberán ser atendidas por la Fiscalía Especial de Protección al Consumidor de manera oportuna, sin retrasos, con el objetivo de promover la cultura de exigencia y respeto hacia los derechos de este grupo.

De igual forma, el decreto reafirma la obligación legal de las instituciones públicas o privadas a cumplir con lo dispuesto.

Finalmente, esta reforma entrará en vigencia una vez que sea publicada en el Diario Oficial La Gaceta, momento a partir del cual todas las instituciones quedarán sujetas a su cumplimiento y su aplicación será monitoreada por entes competentes para garantizar su alcance.

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