La exdiputada del Parlacen, Gloria Oquelí (imagen), ha dicho a EL LIBERTADOR que este ente de integración sólo concede inmunidad ante funciones legislativas, que en el caso de Honduras tiene las mismas limitantes que el “escudo” que se tiene al ser legislador en el Congreso y por tanto, el extraditable Juan Hernández, no tiene base legal para evitar ser enviado a Estados Unidos.
Redacción Central/ EL LIBERTADOR
Tegucigalpa. En entrevista exclusiva con EL LIBERTADOR, la exdiputada del Parlamento Centroamericano (Parlacen), Gloria Guadalupe Oquelí, confirmó que los miembros de la organización no gozan con inmunidad ante situaciones judiciales como la que atraviesa el exgobernante hondureño, Juan Orlando Hernández.
El pasado sábado, en horas de la tarde, el grupo de abogados defensores de Hernández, presentó un recurso de apelación contra la decisión del juez ad hoc, Edwin Ortez, de extraditarlo a Estados Unidos, para afrontar un juicio por narcotráfico.
En el escrito argumentan que Hernández no podrá ser sujeto a la extradición por la inmunidad parlamentaria que le da el Parlacen, luego de dejar la titularidad del Poder Ejecutivo de Honduras –el cual ostentó de facto–.
Ante lo anterior, Oquelí señaló de manera contundente que en Honduras, los diputados no tienen inmunidad para acciones como las que enfrenta Hernández, ya que el Parlacen, por ley, tiene el mismo “escudo” que un legislador del Congreso de su país.
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Explicó que para los hondureños esta inmunidad ha quedado muy limitada desde que el presidente Porfirio Lobo Sosa (2010-2014), siendo diputado del Congreso y suplente en Parlacen en el periodo 2002-2006, renunció voluntariamente a sus fueros de legislador sin apartarse de sus funciones al ser investigado por el Fiscal General, Edmundo Orellana, por supuesta malversación de 200,000 lempiras de la Corporación Hondureña de Desarrollo Forestal (COHDEFOR).
A cambio de esta acción, “Pepe” Lobo recibió de la jueza que llevaba el caso, una garantía de libertad provisional, siendo la primera vez en que un congresista se desojaba de su figura de “intocable” para someterse a la justicia.
Oquelí desglosó respecto al caso de JOH que no es la primera solicitud de extradición que ha entrado al sistema de justicia nacional, y si la de él no procediera, tampoco hubiera ocurrido lo mismo con las otras 32 que se ejecutaron.
La abogada resaltó que Honduras firmó con EE.UU. la extradición mediante un auto acordado “y es un procedimiento que se sigue para todas las personas que están en esa condición”.
En complemento, el abogado del bufete Justicia para los pueblos, Edy Tabora, explicó en su cuenta de Twitter que no se requiere opinión de la Corte Centroamericana de Justicia, porque el Tratado Constitutivo del Parlacen es claro en su artículo 22 que apunta sobre inmunidades y privilegios de acuerdo a las que les otorga “el Estado donde fueron electos” con las mismos beneficios que gozan legisladores de Congresos o Asambleas Nacionales.
Este artículo incluso menciona que: “En caso flagrante delito, el Parlamento procederá de oficio, inmediatamente al levantamiento de inmunidades y privilegios”.
Tábora, amplió que según Ley Orgánica del Poder Legislativo, en su artículo 10 se define que la inmunidad aplica “sólo para Función Legislativa”.
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