La Presidencia del Poder Judicial alertó que las reformas que discute el Congreso Nacional podrían debilitar la independencia judicial, advirtiendo, además, que las funciones legislativas tienen límites “cuando una reforma impacta directamente la independencia y la autonomía de otro Poder del Estado”.
Redacción Central / EL LIBERTADOR
Tegucigalpa. El Poder Judicial advirtió que las reformas impulsadas en el Congreso Nacional, que preside el nacionalista Tomás Zambrano, representan un riesgo directo para la independencia judicial, al modificar la distribución de competencias administrativas y disciplinarias dentro de la Corte Suprema de Justicia, lo que podría afectar el funcionamiento del sistema de justicia.
Según la Presidencia del Poder Judicial, Rebeca Ráquel Obando, el proyecto pretende trasladar al pleno de magistrados decisiones que actualmente se ejercen desde instancias administrativas especializadas, especialmente en materia de personal, nombramientos, traslados y régimen disciplinario.
Asimismo, señaló que toda reforma en materia de carrera judicial debe ajustarse a estándares constitucionales y convencionales de independencia e imparcialidad, por lo que solicitó suspender la aprobación del decreto y abrir una mesa técnica interinstitucional que permita construir una solución integral, incluida la discusión de una nueva Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial.
A continuación, el comunicado íntegro del Poder Judicial
Palacio de Justicia, Boulevard Kuwait,
Col. Miraflores, M.D.C., Honduras, C.A.
2240 – 6468
COMUNICADO
16 de febrero de 2026
Pueblo hondureño, señoras y señores, honorables diputadas y diputados del Congreso Nacional, medios de comunicación: La Presidencia del Poder Judicial de Honduras comparece hoy con respeto institucional, con sentido de Estado republicano y democrático, con un propósito claro: defender el orden constitucional, la estabilidad institucional y el derecho de la ciudadanía a una justicia pronta, imparcial y eficaz.
Lo hacemos ante el proyecto de decreto que reforma el artículo 3 transitorio del Decreto 282-2010, ratificado por decreto 05-2011, actualmente en trámite legislativo y ya discutido en primer debate.
Queremos iniciar con una afirmación categórica: El Poder Judicial respeta plenamente la potestad legislativa del Congreso Nacional para crear, reformar y derogar leyes. Ese respeto es absoluto.
Pero también afirmamos, categóricamente, que la función legislativa tiene límites constitucionales materiales cuando una reforma impacta directamente la independencia y la autonomía de otro Poder del Estado.
La Constitución de la República no deja duda sobre este punto. El artículo 4 establece que los poderes del Estado son complementarios e independientes, sin relaciones de subordinación.
La independencia judicial es un principio esencial del Estado de derecho.
Por ello, esta institución considera su deber advertir que el texto actualmente en discusión representa riesgos jurídicos, operativos e institucionales que afectarían gravemente la independencia del Poder Judicial y su funcionamiento efectivo.
Primero: sobre la coherencia del propio proyecto
El dictamen habla de “devolver facultades al Pleno”; sin embargo, esa redacción genera ambigüedad sobre competencias, niveles de decisión y responsabilidades en el funcionamiento del Poder Judicial.
Una reforma de esta naturaleza afectaría gravemente las funciones administrativas y jurisdiccionales, ya que los magistrados integran las salas civil, constitucional, penal y laboral contencioso administrativo.
Trasladar decisiones de personal y disciplina a un órgano colegiado de quince magistrados, con exigencias de mayoría para validez, puede crear cuellos de botella severos y en consecuencia retrasos en las funciones administrativas.
Segundo: sobre independencia e imparcialidad
Toda reforma en materia de carrera y disciplina judicial debe respetar estándares constitucionales y convencionales de independencia, imparcialidad y recurso efectivo.
Si el diseño institucional concentra decisión y revisión en el pleno de la Corte Suprema de Justicia, se deteriora la apariencia y la garantía de imparcialidad.
Confiarle al pleno las funciones disciplinarias relacionadas con despidos, cancelaciones y traslados compromete la imparcialidad y las garantías del derecho de impugnación.
Tercero: sobre el contexto administrativo
Las decisiones adoptadas por esta administración han estado dirigidas a sostener la continuidad del servicio de justicia y atender necesidades urgentes en el territorio nacional.
Asimismo, la dinámica de nombramientos, según registros institucionales, no refleja una expansión descontrolada y ha sido congruente con las necesidades en las dependencias y órganos jurisdiccionales.
Por eso, con respeto y con sentido democrático, hacemos un llamado a todas y todos los diputados:
Redirijamos los esfuerzos hacia una verdadera solución de Estado.
Antes de aprobar un proyecto que, en su redacción actual, representa un riesgo de debilitamiento del Poder Judicial, abramos una mesa técnica interinstitucional.
Solicitamos formalmente:
- Suspender la aprobación definitiva hasta concluir una revisión técnica-jurídica integral.
- Instalar de inmediato una mesa técnica interinstitucional con participación del Congreso Nacional, Poder Judicial, especialistas en derecho constitucional y administrativo, y actores técnicos del sistema de justicia.
- Implementar una solución real que contemple la discusión, socialización y aprobación de una nueva Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial.
- Garantizar que la solución fortalezca la independencia judicial y la continuidad del servicio de justicia, sin debilitar su operatividad administrativa y jurisdiccional.
El Poder Judicial reitera su disposición al diálogo, a la transparencia y a la mejora institucional.
Pero también reitera, con claridad y firmeza, que no puede acompañar una aprobación acelerada de una reforma con riesgos estructurales no resueltos, porque hacerlo comprometería la seguridad jurídica y la estabilidad democrática que Honduras necesita.
En este momento, el país espera responsabilidad de sus instituciones, responsabilidad para legislar mejor.
Responsabilidad para preservar el equilibrio entre poderes.
Responsabilidad para proteger el derecho de cada hondureño y hondureña a una justicia independiente y eficaz. Ese es nuestro deber.
Y ese compromiso lo vamos a cumplir.
PODER JUDICIAL DE HONDURAS

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