CHINCHILLA COMETIÓ DELITO AL IRSE, EXPLICA DOCTOR ORELLLANA

Según el primer Fiscal General de la República, Edmundo Orellana, Óscar Chinchilla violentó su deber con los hondureños al salir apresuradamente hacia Nicaragua; lo anterior, al considerar que el Ministerio Público y el Fiscal Adjunto, Daniel Sibrián, alegan seguir en funciones, aunque por ley, el periodo en sus cargos terminó el reciente 31 de agosto.

Orellana razona que si Chinchilla se ha mudado al vecino país para asumir un cargo regional, se debe analizar si contaba o no con la facultad para irse, “porque el Fiscal Adjunto alega que él sigue vigente en su investidura, eso significa que el Fiscal General debía seguir en su cargo y, al abandonarlo, incurre en responsabilidad penal”.

Redacción Central/ EL LIBERTADOR

Tegucigalpa. La acuciosa salida del exFiscal General de la República, Oscar Chinchilla, quien el pasado domingo 3 de septiembre, partió rumbo a Nicaragua, constituye un delito de acuerdo con el Código Penal vigente de Honduras, por nula potestad o facultad de abandonar su investidura como “defensor” de los hondureños.

A esta conclusión ha llegado el exsecretario de Transparencia, doctor Edmundo Orellana –primer Fiscal General del Estado–, luego de advertir sobre los alegatos del Ministerio Público (MP) y del Fiscal Adjunto, Daniel Sibrián, quienes aseguran siguen con potestad en la institución.

Y es que esta tarde, la “Fiscalía General” del MP, emitió un comunicado para afirmar que pese a la determinación del Congreso Nacional de señalar que el periodo 2018-2023 ya cerró –aunque aún no hay nuevas autoridades–, la Carta Magna establece que puede ampliarse la vigencia y, de hecho, Sibrián ha comunicado que ya interpuso su renuncia ante el Legislativo.

El ex Fiscal General, Óscar Chinchilla, de afiliación al Partido Nacional, partió a Nicaragua el pasado domingo 3 de septiembre.

En ese sentido, Orellana ha dicho que: “Yo entiendo que él (Chinchilla) fue a tomar posesión de un cargo que fue nombrado hace muchos años (2017) como magistrado de la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ). Él no está huyendo, sin embargo, el asunto es si tenía la potestad o facultad de abandonar el cargo”.

Y prosiguió: “Porque el Fiscal Adjunto alega que él sigue vigente en su investidura, eso significa que el Fiscal General debía seguir en su cargo y al abandonarlo incurre en responsabilidad penal, según el Código Penal”.

El argumento del abogado Orellana, se sustenta en la figura de abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios, desglosado en el Capítulo III del instrumento jurídico, donde señala que: “El funcionario o empleado público que abandona su cargo sin habérsele admitido la renuncia, se sancionará con una multa igual a los tres últimos salarios mensuales que haya devengado y con inhabilitación especial por dos (2) a cuatro (4) años, si el abandono le ocasiona daños al Estado. Si no ocasiona tales daños, la pena será de inhabilitación especial de uno (1) a dos (2) años”.

Asimismo, cita que; “Si el funcionario o empleado público abandona el cargo para no perseguir o castigar cualesquiera de los delitos contra la existencia y la seguridad del Estado o contra la seguridad interior del Estado, se sancionará con reclusión de cuatro (4) a siete (7) años, más inhabilitación especial por el doble del tiempo que dure la reclusión”.

Sin embargo, esta figura fue modificada en el nuevo Código Penal, apodado el “Código de la Impunidad”, pues el abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios, ahora es desglosada en el Capítulo VIII, artículo 499, donde se establece que: “El funcionario o empleado público que abandona su cargo sin habérsele admitido la renuncia al mismo, debe ser castigado con la pena de inhabilitación Especial para empleo o cargo público de uno (1) a tres (3) años y multa de cien (100) a trescientos (300) días”.

Es decir que, en la nueva ley, no existe responsabilidad penal para Chinchilla; empero, el Congreso Nacional ya ha planteado derogar este nuevo Código para construir uno que garantice el trabajo de la justicia.

Y, bajo este panorama, Orellana es contundente al mencionar que si Sibrián se presenta como autoridad en el MP, “ya debería estar radicando acciones terminales contra el señor Chinchilla, sino lo hace, él está incurriendo en responsabilidad penal, el asunto es plantearlo en términos asertivos y propositivos”.

“Él (Sibrián) está en problemas; es el Fiscal Adjunto, es decir, o procesa al fiscal que se fue, o se expone a que él sea procesado por omitir la acción”, agregó.

Sobre la praxis de “exilio” que ha sido utilizada por varios funcionarios del dictador Juan Hernández –preso en Estados Unidos por narcotráfico–, para escapar de la justicia hondureña, Orellana planteó que lo que corresponde a la autoridad hondureña es actuar según lo tipifica la ley nacional.

“Ese es un problema a resolverse en el camino, aquí lo que debe exigirse al Fiscal Adjunto es que actué, si él quiere ser fiscal, entonces que actué como tal. No importa si hay o no tratados de extradición (con Nicaragua) su función es procesar la acusación criminal. Él nuevo fiscal debe procesar a los fiscales que se fueron sino hacen eso, no se está haciendo nada”, concluyó.

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