Estado debe evitar crimen ambiental
En materia ambiental, la cancelación de un permiso no prevé la indemnización, al contrario, establece faltas y delitos que pueden ser perseguidos por el Estado, como lesionado en sus intereses, o por la lesión de intereses de la comunidad. Pero esto no lo consideró la anterior Corte Suprema en el caso Mountain Chalet.
René Novoa / EL LIBERTADOR
Tegucigalpa. La anterior Corte Suprema de Justicia avaló un crimen ambiental en el Parque Nacional La Tigra. Esto, al emitir un inexplicable fallo a favor del proyecto habitacional The Mountain Chalet, propiedad de la compañía Jamar Comercial Industrial.
La decisión fue tomada por la Sala de lo Laboral, desestimando las leyes ambientales y convenios de los que el país es signatario y a pesar que la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (Serna), revocó la licencia ambiental porque el proyecto se desarrollará en La Tigra, ubicada en la aldea El Chimbo, municipio de Santa Lucía, a 20 kilómetros al noreste de la capital y declarada Parque Nacional mediante decreto 976-80.
La sentencia definitiva no sólo firmó la extensión de los pocos quetzales, pavas, tigrillos y gorilas que aún habitan la zona, sino también a la vegetación en general. A esto se suma que el parque nacional abastece en un 40 ó 50 por ciento de agua a Tegucigalpa, Comayagüela y otras 70 comunidades.
LICENCIA AMAÑADA
En 2004, Belford Jarquín Blandón, de origen nicaragüense, pero naturalizado hondureño, y Mirna Elsa Martínez de Jarquín gestionaron la licencia ambiental ante la Serna, entonces dirigida por Patricia Panting, para desarrollar el proyecto habitacional a través de la compañía Jamar Comercial Industrial, propiedad de los solicitantes. El trámite fue hecho durante la administración de Ricardo Maduro.
Entre los documentos, presentaron un diagnóstico realizado por el prestador de servicios ambientales RI-004-2002 de la Serna, Mario Javier Martínez sobrino de la dueña del proyecto, donde afirma que no existe especies de fauna ni flora en los alrededores, “sólo unos cuantos árboles de pino, quebrachos y roble, que han sido talados por lo moradores para uso de leña”. Tampoco hace referencia que la aldea El Chimbo es parte de la zona de amortiguamiento de La Tigra.
Por otro lado, el matrimonio presentó una constancia extendida por el alcalde de Santa Lucía, José Olayo Martínez Durón, con fecha 22 de junio de 2004 y folio número 68, donde certifica que la zona, “es considerada de desarrollo urbanístico de alto crecimiento en la construcción de viviendas”.
El 1 de julio de ese año, la solicitud ingresó a la secretaría general de la Serna. Extrañamente no hubo impedimentos para la aprobación a pesar que La Tigra es una zona protegida, al contrario, el trámite fue tan expedito que cuatro meses después, se extendió el dictamen técnico número 710/2004 a favor del proyecto.
Por esa razón, la fundación Amigos de La Tigra (Amitigra), que por ley administra el parque, encabezó una batalla legal para la suspensión de la licencia ambiental. El 14 de julio de 2005, la Procuraduría General de la República (PGR), emitió un dictamen bajo el expediente CD-08072005-125, para la nulidad del trámite.
CONDENAN A LA TIGRA
Ante la nulidad, la apodera legal de Jamar Comercial, Doris Madrid, apeló el veredicto ante la Corte de lo Contencioso Administrativo, misma que emitió un nuevo fallo, esta vez a favor del proyecto.
Para evitar el daño ecológico a La Tigra, la Serna y la Corporación Hondureña de Desarrollo Forestal (Cohdefor, ahora Instituto de Conservación Forestal), recurrieron al recurso de casación, la última instancia legal en el país.
Pero la anterior Sala Laboral ratificó el dictamen de la Sala de lo Contencioso Administrativo, con lo que expone al país a una millonaria sanción pues con la construcción del proyecto en un área protegida, se vulnera convenios internacionales a favor del ambiente y el patrimonio cultural y natural.
Además, la edificación del complejo de los 24 chalets (casas de campo lujosas), a un precio de 3 a 4 millones de lempiras cada uno, provocará daños a la atmósfera por la remoción de la capa orgánica del suelo, deforestación de las especies de árboles existentes en el área y alteración del hábitat de la flora y fauna.
Por las graves repercusiones en el ambiente que provocará Mountain Chalet, el Estado debe recurrir a instancias como la Corte Internacional de Arbitraje y Conciliación Ambiental, y así frenar las ambiciones de estos pseudoempresarios que desean hacer fortunas a merced del Parque Nacional La Tigra.
CORTE ABSOLVIÓ A RAFAEL CALLEJAS
Tegucigalpa. Los favores hacia los poderosos de la “Corte ocho a siete” (Corte Suprema de Justicia 2002 - 2009), fueron evidentes. Para el caso, al ex mandatario Rafael Leonardo Callejas se le dejó en firme las siete cartas de libertad concedidas por la juez Mildra Castillo, en 2002 y 2007.
Los juicios fueron promovidos en 1995 por los supuestos delitos de abuso de autoridad, malversación de caudales públicos, arrogación de funciones y falsificación de documentos contra la administración pública en la venta de maquinaria estatal, uso del fondo de subsidio petrolero, un proyecto inmobiliario, tráfico de pasaportes, entre otros.
Es de destacar que la anterior presidenta de la Corte, Vilma Morales, se afirma que fue nombrada por el apadrinamiento de Luis Cosenza Jiménez y la posterior aprobación de los ex presidentes Ricardo Maduro y Carlos Roberto Flores.



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